Micelio
Auto19 de julio de 2023

A- de 2023

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Yusty Ortiz Francisco Antonio

Tema · dato duro
Acción De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho De Un Acto Administrativo Propio.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca y el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Cali -Valle del Cauca-.

La controversia fue causada por el trámite del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho que interpuso Colpensiones con el propósito de declarar la nulidad de unas resoluciones proferidas por la misma entidad a través de la cuales reconoció una pensión de vejez, a favor de un ciudadano, por cuanto aduce la entidad demandante se reconoció sin el cumplimiento de los requisitos legales.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 316/21, extendida por el Auto 840 de 2021, según la cual Cuando la administración demanda un acto de su propia autoría, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, el estudio del asunto será competencia de la jurisdicción contencioso administrativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011.

Con base en lo anterior, se dispuso el envío del expediente al Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Cali -Valle del Cauca-.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca y el Juzgado
  2. Quinto. Laboral del Circuito de Cali -Valle del Cauca-, en el sentido de DECLARAR que su conocimiento corresponde al Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca y debe reasumir la competencia del referido proceso.
  3. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3358 al Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
  4. Quinto. Laboral del Circuito de Cali -Valle del Cauca-.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.